TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE COLOMBIA Y CANADÁ
ANTECEDENTES
En la última década, la política de comercio exterior de Colombia se fundamentó en la profundización de las relaciones comerciales, tanto con los países con los que ya existían acuerdos preferenciales, como con otros socios que pudieran generar un mayor crecimiento y desarrollo económico.
El Plan de Desarrollo 2006 – 2010 incluye desarrollar una estrategia en materia de acuerdos internacionales con el propósito de generar un ambiente jurídico estable en el territorio colombiano, que permita aumentar la actividad comercial y la inversión, tanto nacional como extranjera. El Plan de Desarrollo enuncia que se buscará el inicio de negociaciones con varios países, entre ellos, Canadá.
Para el logro de los objetivos plasmados en el Plan Nacional de Desarrollo, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo estructuró su plan estratégico, dentro del cual, la negociación de acuerdos comerciales constituyó una de las iniciativas del gobierno para diversificar mercados, tanto de destino de nuestras exportaciones como de abastecimiento de materias primas, insumos y bienes de capital, para mejorar la competitividad de la oferta exportable.
Durante el período 2007-2009, la agenda de negociaciones que estuvo en marcha, incluyó principalmente la negociación de acuerdos de libre comercio con Canadá, con los países de la Asociación Europea de Libre Comercio – AELC (ya concluido) y con la Unión Europea (ya concluido). Una de las metas para el país, era firmar el acuerdo comercial con Canadá, en el segundo semestre de 2008.
La primera ronda de negociaciones se celebró en Lima, del 16 al 20 de julio de 2007. En esta oportunidad, junto con Perú que inició negociaciones simultáneamente con Colombia, se comenzaron a tratar temas como: acceso a mercados, normas de origen, obstáculos técnicos al comercio, competencia, compras públicas defensa comercial y solución de controversias, entre otros. Se puso en marcha también una mesa de cooperación en el tema comercial, para analizar temas sensibles y definir estrategias y proyectos específicos.
Luego de la primera ronda se llevaron a cabo 4 rondas más, hasta culminar las negociaciones el 21 de noviembre de 2008 con la suscripción del Tratado de Libre Comercio entre Colombia y Canadá Desde la fase preparatoria de la negociación, el Gobierno habilitó distintos escenarios de participación para la sociedad colombiana, con el fin de garantizar que los intereses nacionales se encontraran debidamente identificados, y también que el proceso se adelantara de manera transparente.
Durante toda la negociación se compartió información con el Congreso de la República, el sector privado y con representantes de la sociedad civil, para informarles sobre los avances de las negociaciones en cada una de las rondas, la metodología para su desarrollo, así como para recibir las observaciones y comentarios de los ciudadanos.
Además de los espacios de participación abiertos para la sociedad en general, también se crearon espacios de información y discusión, exclusivos para los pueblos indígenas y las comunidades afrocolombianas, con el objetivo de presentarles los distintos temas incluidos en la negociación y promover las discusiones en torno a los temas de su interés.
ALCANCE DEL ACUERDO
El Acuerdo de Libre Comercio con Canadá tiene como objetivo crear un espacio libre de restricciones en busca del crecimiento y el desarrollo económico continuo de los países signatarios.
El TLC con Canadá comprende tres Acuerdos independientes, que se relacionan entre sí. El Acuerdo de Libre Comercio, que contiene el grueso de las disciplinas comerciales que regirán la relación entre los dos países; el Acuerdo de Cooperación Laboral, que contiene obligaciones en materia de protección de los derechos laborales y cumplimiento de las normas internas; y el Acuerdo sobre Medio Ambiente, que contiene las obligaciones de las partes en materia de estándares de protección ambiental a aplicar en sus territorios.
El TLC con Canadá comprende tres Acuerdos independientes, que se relacionan entre sí. El Acuerdo de Libre Comercio, que contiene el grueso de las disciplinas comerciales que regirán la relación entre los dos países; el Acuerdo de Cooperación Laboral, que contiene obligaciones en materia de protección de los derechos laborales y cumplimiento de las normas internas; y el Acuerdo sobre Medio Ambiente, que contiene las obligaciones de las partes en materia de estándares de protección ambiental a aplicar en sus territorios.
El Acuerdo está enmarcado en los principios de trato nacional, trato de nación más favorecida y transparencia. Beneficia a los sectores exportadores porque podrán vender sus productos y servicios, en condiciones favorables, en el mercado canadiense, y se fomentará la inversión. Beneficia también a los productores nacionales que ahora tendrán la capacidad de adquirir bienes y servicios a precios más competitivos sobresaliendo la eficiencia y competitividad.
El contenido del TLC incluye tres grandes bloques de materias, que no siguen necesariamente el orden de los capítulos del Acuerdo, pero facilitan su comprensión:
El contenido del TLC incluye tres grandes bloques de materias, que no siguen necesariamente el orden de los capítulos del Acuerdo, pero facilitan su comprensión:
• En primer lugar están los temas relacionados con el acceso de mercados en los que se incluyen materias como acceso de mercancías (agrícolas y no agrícolas), reglas de origen, procedimientos de origen y facilitación del comercio, medidas sanitarias y fitosanitarias, obstáculos técnicos al comercio y medidas de defensa comercial.
• En segundo lugar se presentan los aspectos vinculados con la inversión y los servicios, en los que se destacan temas puntuales como la inversión, el comercio transfronterizo de servicios, telecomunicaciones, servicios financieros y la entrada temporal de personas de negocios.
• En tercer lugar, se describen los temas transversales, que establecen disciplinas a las que se someten las actividades comerciales de ambos países; incluye las políticas de competencia, los asuntos laborales y ambientales, la contratación pública, el comercio electrónico, la cooperación relacionada con el comercio y la solución de controversias.
CONTENIDO DEL ACUERDO
Se trata de un Acuerdo Comercial, que no solamente contempla la liberalización del comercio de mercancías, sino que incluye también compromisos sobre el comercio de servicios, inversiones, temas ambientales y laborales relacionados con el comercio. También comprende, un capítulo de fortalecimiento de las capacidades comerciales (cooperación), para maximizar las oportunidades del Acuerdo. Es la primera vez que Canadá acepta incorporar dentro de un acuerdo comercial, compromisos en estas materias.
Acceso de mercancías
• Agrícolas
• No Agrícolas
• Reglas de Origen
• Procedimientos de Origen y Facilitación de Comercio
• Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
• Obstáculos Técnicos al Comercio
• Medidas de defensa comercial
Inversión y Servicios
• Inversión
• Comercio Transfronterizo de Servicios
• Telecomunicaciones
• Servicios Financieros
• Entrada Temporal de Personas de Negocios
Temas Transversales
• Política de Competencia
• Contratación Pública
• Comercio Electrónico
• Asuntos Laborales
• Medio Ambiente
• Cooperación
• Solución de Diferencias
Aspectos Institucionales
El tratado contiene diversos aspectos institucionales orientados a garantizar que el proceso de implementación, desarrollo y modificaciones futuras se realicen sin tropiezos. Para todas las labores de administración del tratado se estableció la Comisión Libre Comercio, conformada por el Ministro de Comercio, Industria y Turismo, en representación de Colombia, y el Representante Comercial de Canadá, en representación de los Canadá. Le corresponde a la Comisión, entre otras responsabilidades, supervisar el proceso de implementación del tratado, supervisar su desarrollo, buscar la solución a las controversias que surjan y supervisar la labor de todos los comités, consejos y grupos de trabajo creados en el tratado.
Estos aspectos abarcan las declaraciones de tipo político y mecanismos de administración del Tratado, provisiones para promover la transparencia, mecanismos para recoger observaciones y mecanismos para solucionar controversias y los artículos que abarcan son:
• Capítulo 1. Disposiciones Iníciales y Definiciones Iníciales: Su objetivo es establecer una zona de libre comercio y la definición de conceptos generales y específicos de las partes.
• Capítulo 20. Administración del Tratado: Su objetivo es establecer la Comisión de Libre Comercio y el Comité para el fortalecimiento de las capacidades comerciales.
• Capítulo 21. Solución de Controversias: Tiene como objetivo Crear un mecanismo que se aplicará a la prevención o la solución de las controversias entre las Partes relativas a la interpretación o aplicación del Acuerdo.
• Capítulo 23. Disposiciones Finales: Definir anexos, apéndices, enmiendas, modificaciones, adhesiones como parte integrante del Acuerdo.
• Capítulo 20. Administración del Tratado: Su objetivo es establecer la Comisión de Libre Comercio y el Comité para el fortalecimiento de las capacidades comerciales.
• Capítulo 21. Solución de Controversias: Tiene como objetivo Crear un mecanismo que se aplicará a la prevención o la solución de las controversias entre las Partes relativas a la interpretación o aplicación del Acuerdo.
• Capítulo 23. Disposiciones Finales: Definir anexos, apéndices, enmiendas, modificaciones, adhesiones como parte integrante del Acuerdo.
• Acceso a los mercados de bienes no agrícolas:
En materia de acceso a los mercados de bienes no agrícolas, se benefician de los programas de liberación aquellas mercancías que hagan uso de los instrumentos de promoción de exportaciones como Plan Vallejo y Zonas Francas. También se incorporaron en el Acuerdo algunos productos remanufacturados como maquinaria y equipo que permitirán el desarrollo de la industria nacional y la reconversión industrial a un menor costo . Se permite mantener la política nacional de ingreso de bienes usados, desechos, desperdicios y vehículos fríos.
En bienes agrícolas, Colombia consolidó las preferencias del SGP en el Acuerdo y obtuvo asimetría en las modalidades de desgravación a su favor, teniendo en cuenta de manera especial el impacto sobre la producción. Excepcionalmente, en productos avícolas y productos lácteos se ofrecen desgravaciones sobre los contingentes que ese país mantiene bajo los compromisos en la OMC.
Se establecieron reglas de origen favorables para productos claves como agropecuarios, textil-confección, calzado, y siderurgia, entre otros. También se negociaron disposiciones sobre transparencia y agilidad en los procedimientos de retiro de mercancías antes del pago de impuestos; esquemas de cooperación entre autoridades aduaneras; y despacho rápido mercancías de bajo riesgo; entre otros en el capítulo de procedimientos de origen y facilitación del comercio.
En el Capítulo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, se pactaron disposiciones (ej. reconocimiento mutuo, equivalencia, evaluación de riesgo, etc.,) e instancias (Comité) para facilitar el acceso de productos agropecuarios y alimentos.
En Obstáculos Técnicos al Comercio se acordaron disposiciones sobre normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad para fomentar el comercio y evitar barreras encubiertas.
En materia de Defensa Comercial se convino establecer la posibilidad de aplicar salvaguardia bilateral de naturaleza arancelaria para facilitar el reajuste de sectores determinados.
En materia de Inversiones se pactaron reglas que ofrecerán mayor certidumbre, y protección a los inversionistas de ambas partes mediante compromisos en materia de trato nacional; nación más favorecida; estándar mínimo de trato; expropiaciones sin compensación; y transferencias de capitales, entre otros.
El capítulo sobre Política de Competencia contiene disposiciones para proscribir prácticas anticompetitivas que restrinjan el comercio y la inversión, según las legislaciones nacionales, con el fin de evitar que los beneficios del Acuerdo puedan perderse en presencia de prácticas anticompetitivas. Posibilidad de negociar un instrumento de cooperación entre autoridades.
En Contratación Pública se establecieron reglas sobre no discriminación en las Compras Públicas que cubre las entidades del ámbito central en ambos países. Cabe anotar que con estas disposiciones se obtuvo acceso para los empresarios colombianos a un mercado de US$17.000 millones.
En cuanto a Comercio Electrónico se estableció una regulación para evitar pago de aranceles y cargos al comercio de productos por medios electrónicos; en asuntos laborales y medio ambiente se convino no estimular el comercio o la inversión a través del debilitamiento o reducción de la protección de las legislaciones nacionales. (Se desarrollan mayores compromisos en los Acuerdos sobre estas materias).
En Cooperación se diseñó un mecanismo permanente para fortalecer capacidades comerciales y lograr el aprovechamiento del Acuerdo.